
El Consejo Superior del CAPBA, con el objetivo de refrendar su voluntad de dar impulso a acciones legislativas para la promoción de las leyes de Caja Previsional Propia y Modificación de la Ley 10.405, desarrolló el día 22 de julio sendas asambleas extraordinarias (*) al respecto. (Res. CS N° 51/23) (Res. CS N°52/23)
(*) La Asamblea del CS es la autoridad máxima del Colegio y está integrada por los miembros titulares de los Consejos Directivos de los diez Colegios de Distrito, con una escala de votos proporcional a la cantidad de matriculados que representan.
En primer término, se formalizó la asamblea relativa al proyecto de Ley de Caja Propia, que, si bien se corresponde con una iniciativa de larga data y con amplio consenso histórico entre la matrícula y las distintas autoridades institucionales, demandaba la validación de la Asamblea -como órgano máximo de gobierno colegial- para fortalecer su tratamiento legislativo.
La revisión sobre los detalles de la Ley, se formalizó oportunamente en la Comisión Previsional del CS, dejando igualmente claro que su texto tiene deliberadamente cierto “grado de amplitud”, de modo de permitir ajustes a futuro en la reglamentación de funcionamiento, susceptibles de realizar desde el interior del organismo.
El proyecto contó con la aprobación mayoritaria de la asamblea.
Seguidamente, se realizó la asamblea relativa a la Modificación de la Ley 10.405, que amerito un debate más amplio.
El mismo no tuvo que ver con disidencias en cuanto al objetivo del cambio de nombre a “COLEGIO PROFESIONAL DE ARQUITECTURA Y URBANISMO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, ya que en cuanto a los argumentos de incorporar -referenciar la incumbencia sobre el Urbanismo frente al avance de otras profesiones y en forma simultánea aludir a “la Arquitectura” y no a “los Arquitectos” para la inclusión de todos los géneros-, existió pleno acuerdo.
Las posturas encontradas, tuvieron que ver con el diagnóstico histórico respecto a la necesidad de un conjunto de situaciones a cambiar en la Ley, y la conveniencia o no de llevar adelante la propuesta sin ellas.
Las mismas tienen que ver con las recomendaciones del asesor legal del CS, relativas a adecuar el texto a las profundas reformas legislativas que tuvieron lugar en ese lapso -reformas de la Constitución Nacional y Provincial, nuevo Código Civil y Comercial, nuevos Fueros donde se juzgan las actuaciones de los Entes de Colegiación y otros-, y a la vez la sanción del nuevo Código de Ética y las sucesivas interpretaciones operadas sobre el Arancel Profesional.
Paralelamente, surgieron en algunos distritos inquietudes sobre el futuro de la “Marca CAPBA” -con su impronta social, simbología y demás-, y las consecuencias de los cambios en esos términos.
Desde la Mesa Ejecutiva del CS, argumentaron la dificultad que conlleva cualquier tratamiento legislativo, con la intervención de distintas comisiones y los tiempos que caracterizan a dichos procesos, por lo que resaltaron la trascendencia que en su opinión tiene el hecho de “comenzar al menos el camino de la transformación”, destacando que intentaran que se incorpore la mayor cantidad de temas posible, aunque habría conformidad con conseguir mínimamente el cambio de nombre.
En relación a la cuestión de la marca y la identidad visual de la institución, expresaron que se está trabajando el tema con especialistas en marketing, para tener una propuesta al respecto.
Llevado el tema a votación, fue aprobado por amplia mayoría.
Desde el CAPBAUNO recordamos que, interpretando que una decisión de esta naturaleza no debía ser patrimonio exclusivo de las ocasionales autoridades temporales, sino representativa de la voluntad mayoritaria de la matrícula, y teniendo en cuenta el escaso tiempo disponible que existió para el debate por los plazos impuestos por el CS, se convocó a una ENCUESTA y se llevaron a la Asamblea las posiciones resultantes de la misma.