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    DECRETO ARANCELARIO 6.964/65

    DECRETO ARANCELARIO 6.964/65

    El Decreto Provincial del año 1965, sus modificatorios y complementarios, regulan el arancelamiento vigente para las tareas profesionales de las especialidades y tecnicaturas originalmente contenidas en el ya disuelto Consejo Profesional de la Ingeniería, creado por ley 5.140.

    Contiene por tanto en un mismo cuerpo normativo lo inherente a la retribución del ejercicio profesional en campos tan disímiles como la Arquitectura, las Ingenierías Agronómica, Electromecánica e Industrial, y la Agrimensura.

    No obstante la desintegración del Ente referido y la creación de 4 Colegios Profesionales especializados (Técnicos – Ley 10411, Ingenieros – Ley 10416, Agrimensores – Ley 10321 y Arquitectos – Ley 10405), no se modificó legalmente un arancel especial para cada una de esas profesiones.

    Por otra parte, y considerando su antigüedad y la ausencia de modificaciones posteriores a 1978, el Decreto no recepta tanto nuevas prácticas profesionales como roles que se han ido definiendo en el proceso constructivo, y que se han salvado a través de resoluciones del Consejo Superior del CAPBA.

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