Los Colegios Profesionales son las entidades que se encargan de guiar la conducta y establecer los lineamientos del ejercicio de las diferentes actividades profesionales, en una o más jurisdicciones determinadas.
Para representar en dichos términos a los arquitectos que trabajan dentro del ámbito provincial, el 27 de junio de 1986 se creó como persona jurídica de derecho público no estatal, el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires (CAPBA), a partir de la promulgación de la Ley 10.405.
- La Ley define el carácter y las atribuciones del Colegio, siendo las más relevantes:
- Otorgar la habilitación profesional para trabajar en la provincia.
- Fiscalizar, controlar y promover el correcto ejercicio de la profesión en cualquiera de sus modalidades.
- Ejercer el poder disciplinario sobre transgresiones a la ética profesional.
- Gestionar y organizar Concursos.
- Promover el desarrollo social, estimular el progreso científico y cultural, la actualización y el perfeccionamiento.
- Abordar la defensa y el prestigio profesional de los matriculados.
- Promover, organizar y participar en conferencias y congresos, emitir opinión y formular propuestas sobre cuestiones relacionadas con el ámbito de la actividad profesional y con el análisis de los problemas del medio y de la comunidad.
¿COMO SE ORGANIZA TERRITORIALMENTE?
Para su organización funcional, el CAPBA se divide en diez distritos para atender las demandas locales que abarcan la totalidad del territorio provincial, mientras que el Consejo Superior es el órgano ejecutivo y de gobierno integrado del Colegio.
Los arquitectos se matriculan en los Distritos donde se localiza su estudio profesional o su domicilio.
¿CUÁLES SON Y CÓMO SE ELIGEN SUS AUTORIDADES?
Los órganos directivos del Colegio son: la Asamblea, El Consejo Superior y el Tribunal de Disciplina.
La Asamblea, autoridad máxima, es integrada por los miembros titulares de los Consejos de los diez Distritos, quienes votan de acuerdo a una escala proporcional al número de matriculados que cada uno representa.
Cada tres años se realizan las elecciones para elegir autoridades provinciales y distritales y en cada acto eleccionario se eligen a nivel provincial los miembros de Mesa del Consejo Superior -Presidente, Vicepresidente, Secretario y Tesorero-, del Tribunal de Disciplina y la representación en la CAAITBA.
A nivel Distrital, se elige el Presidente, Secretario, Tesorero, Delegado al CS y vocales del Consejo Directivo, además del Cuerpo de Jurados y Asesores.