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    Hábitat - Noticias RESOLUCIÓN SOBRE LA FIGURA DEL PROYECTISTA PARA TRAMITACIONES DE PROCREAR II

    La Secretaría de Planeamiento de la Municipalidad de La Plata, atendiendo a la solicitud de las entidades profesionales y en el marco del convenio que celebrara con el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación, determinó condiciones particulares para las tramitaciones de permisos de obra para viviendas desarrolladas en el marco de la operatoria crediticia PROCREAR II- CASA PROPIA.

    La iniciativa de interés social del gobierno nacional para la construcción de viviendas nuevas de hasta 60 M2 en lote propio, mixtura los criterios tradicionales para el proyecto de viviendas financiadas por el estado con la ejecución a cargo de los interesados, poniendo a disposición de los mismos el legajo de un prototipo modelo -con planos generales y de detalles, planillas de cómputo y demás.

    Esta particular situación, planteaba un incomoda disyuntiva en relación a la figura del proyectista –autor intelectual de la documentación técnica que define las características de la obra-, que de acuerdo a lo establecido en el Art. 73° del Código de Construcciones del Partido -Ord 10.681- debe suscribir la caratula de los planos requeridos para el permiso de obra.

    De tal manera, con independencia del debate critico arquitectónico y urbanístico posible sobre el uso de prototipos, como hecho consumado se exponía a los profesionales actuantes a firmar los planos municipales y asumir responsabilidades proyectuales sobre los prototipos provistos desde el Programa, con la resistencia de sus comitentes a reconocer honorarios por una tarea que presumen ya consumada en otras instancias.

    Ante ello el Municipio, en el marco de sus competencias y a través de una Resolución (VER+), estableció la posibilidad dar por cumplido el requisito establecido en el Art 73° de la Ordenanza, con la inclusión de la Secretaria de Desarrollo Territorial de la Nación a tal efecto, exclusivamente a aquellas solicitudes de Permiso de Obra que se efectúen con proyectos provistos por el organismo crediticio dentro del programa PROCREAR II- Casa Propia.

    De esta forma, si bien una situación deseable sería la de poder desarrollar proyectos personalizados para cada situación particular y con profesionales responsables enteramente de la tarea, esta acción resulta de suma utilidad para descomprimir numerosas situaciones de conflicto existentes en la actualidad por los motivos referidos.

    OPERATIVAMENTE, LOS PROFESIONALES ACTUANTES COMO DIRECTORES TÉCNICOS FORMALIZARAN SU CONTRATACIÓN EN ESE ROL, CONJUNTAMENTE CON LA INTERPRETACIÓN DE PROYECTO DE AUTORÍA AJENA. PARA ELLO DEBERÁN EXHIBIR DOCUMENTACIÓN TÉCNICA QUE ACREDITE LA CORRESPONDENCIA DE SU TAREA CON EL PROYECTO ESPECIFICO SUMINISTRADO POR EL ORGANISMO FIDUCIARIO.

    Comentarios
    • carlos
      mayo 3, 2022

      Creo que ante los primeros comentarios de los personajes allí presentes, el Presidente del CAPBA debería haberse retirado de la Reunión, cosa que no hizo, lo que demuestra un tácito acuerdo con lo que allí se trataba.

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