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    CAAITBA CAMBIOS EN LA MODULACIÓN DE APORTES / CAAITBA

    Atendiendo a resguardar el valor de los aportes previsionales frente a los desajustes inflacionarios, la Asamblea Extraordinaria de Representantes de la Caja de Previsión Social para Agrimensores, Arquitectos, Ingenieros y Técnicos de la Pcia. de Bs As -CAAITBA-, aprobó una nueva modalidad para la modulación de los aportes pendientes correspondientes a honorarios profesionales.

    La misma entró en vigencia a partir del 1º de septiembre de 2023, solo para las contrataciones posteriores a dicha fecha, quedando las anteriores sujetas al antiguo régimen, que mantenía por 24 meses el valor referencial unitario vigente a la fecha cierta del contrato.

    A través de la Resolución N°998, a los efectos del pago de aportes adeudados se considerarán los siguientes períodos:

    1.- Durante los primeros 12 meses de vigencia del contrato -o hasta su vencimiento si ocurre primero-, los módulos pendientes de pago se abonarán de acuerdo al “valor referencial unitario” vigente a la fecha cierta de la encomienda profesional.

    2.- A partir de los 12 meses siguientes –o desde su vencimiento si ocurre primero-, los aportes previsionales pendientes de pago, se abonarán al “valor referencial unitario” vigente a la fecha de pago.

    Recordamos que las deudas de aportes pueden cancelarse a través de un plan de financiación de hasta veinticuatro (24) cuotas mensuales –consecutivas y variables de acuerdo al valor referencial vigente-, siempre que no existan acciones judiciales iniciadas por la CAAITBA sobre las mismas y el monto de la cuota no sea inferior al diez por ciento (10%) de la C.M.A.O. vigente.

    A cada cuota se le adicionará a su vez, un interés sobre saldo del cuatro por ciento (4%) anual y gastos administrativos equivalentes al cero/veinte por ciento (0,20%) de la CMAO vigente al momento del pago de la respectiva cuota.

    Comentarios
    • Riela, Delfa Antelia
      septiembre 4, 2023

      De esta manera el profesional pierde su condicion de liberal independiente. Una vivienda y/o edificio lleva mas de 12 meses generalmente, por lo tanto, ajustar los aportes despues de ese plazo, es dejar de ser independiente y pasar a ser dependiente.-
      Pasamos a ser empleados de la Caja, quien regula nuestros derechos profesionales.-
      La Caja debe fijar una cuota mensual (CMAO) y retener, en nuestro caso, el 10% de contratos. El resto es decision del profesional con el cliente; cobra en el momento que quiera.-
      Piensen en los medicos, cobran el bonito con 6 meses de atraso; sin embargo la Caja retiene el 5% sobre lo cobrado en el mes que sea, mas una cuota mensual.-
      Nunca la Caja debe actuar sobre la relacion profesional-cliente. La Caja debe actuar sobre el profesional.-
      Evidentemente nuestro Colegio no defiende al profesional, es parte de un negocio infame.-

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