Recordamos a la matrícula, que los faltantes de CMAO -cuota mínima anual obligatoria-, además de cubrirse con aportes voluntarios, pueden salvarse eventualmente a través de dos mecanismos:
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- COMPENSACIÓN CON CONTRIBUCIONES POR ART. 29°
Si bien el destino principal de dichos aportes es el Fondo Común de Recomposición Previsional, es posible en algunos casos utilizar un porcentaje de los mismos, en caso de no alcanzarse a cubrir la CMAO.
Para ello no hay que realizar ningún trámite, ya que la compensación se realiza en forma automática -una vez conciliados los pagos realizados hasta el 31 de diciembre- y se imputa en la cuenta individual en la segunda quincena del mes de enero, con efecto al año en consideración.
Para conocer si la compensación es suficiente, se puede verificar la situación ingresando en autogestión y seleccionando en el Menú: Aportes / Cuenta individual, donde se encuentran detallados los aportes por Art. 29.
En caso de haberse solicitado la eximición por relación de dependencia al 50% u opción por el 50% de aportes, se formalizará solo lo necesario para completar el coeficiente 0.50
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- TRASPASO DE APORTES EXCEDENTES
En caso de faltante de aportes para completar la CMAO, es posible formalizar un traspaso de aportes que exceden el coeficiente 1.5, se realiza a partir del 02/02/2026, ÚNICAMENTE AL AÑO INMEDIATO ANTERIOR.
Ej: los excedentes generados en 2025, se pueden traspasar para completar la CMAO de 2024.
Para ello no hay que realizar ningún trámite, ya que el traspaso se realiza en forma automática finalizado el año calendario y se imputa en la cuenta individual en la segunda quincena del mes de enero, con efecto al año en consideración.
RENUNCIA AL AÑO DE APORTES
Por otra parte, también está disponible la renuncia al cómputo de aportes y quedar exceptuado del pago de la CMAO.
Este pedido se puede realizar como MÁXIMO 5 VECES a lo largo de la vinculación con la Caja (en años continuos o alternados).
El año renunciado, no podrá utilizarse a los efectos del cálculo de la antigüedad previsional para acceder a los beneficios jubilatorios.