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    Gestión AMPARO JUDICIAL CONTRA LA SUSPENSIÓN DE TRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES / MLP

    Las Autoridades del CAPBAUNO, atentas a su obligación de ejercer la defensa y protección de los Arquitectos en cuestiones relacionadas con la profesión y su ejercicio establecida en la Ley de Colegiación, promovieron una acción judicial contra el Decreto 2732/25 promulgado por el Intendente Municipal del Partido de La Plata, que establece la suspensión de trámites administrativos de Permisos de Obra.

    La acción está fundamentada en el reclamo manifestado ante este Colegio por un importante conjunto de matriculados, que ven afectados y lesionados sus intereses y su derecho a trabajar, ante el avasallamiento contra el ejercicio profesional que provoca la norma emanada del ejecutivo municipal.

    La medida, tiene el objetivo que se suspendan los efectos del Decreto referido, entendiendo que:

    • La suspensión administrativa que paraliza la aprobación de proyectos y permisos de obra (como la consulta urbanística, certificado de zonificación, factibilidad urbanística o proyecto de urbanización) constituye una clara lesión a un derecho de raigambre constitucional (art. 14 de la Constitución Nacional y de la Constitución de la Provincia bonaerense), al impedirles el desarrollo de sus actividades legitimadas por las normativas vigentes.
    • No existe pretexto fundado para impedir la ejecución de procesos reglados por una norma vigente, -desarrollada enteramente en el marco normativo referencial del Decreto-Ley 8912/77 y oportunamente convalidada por la autoridad provincial competente-., sometiéndose a los considerandos de un “Proyecto de Código en expectativa”.
    • Dicho Proyecto de código, que tuvo un fugaz, inconducente y fácticamente simbólico paso por el COUT –donde las instituciones participantes expresaron al unísono la imposibilidad de análisis serio en los tiempos disponibles-, esta efectivamente en la actualidad en instancia de debate en el Consejo deliberante y no tiene sanción, ni publicación, ni aprobación del organismo provincial, como para constituirse en referencia de aplicación.

    La situación referida, afecta el tiempo y la certeza con la que los arquitectos pueden asesorar a sus comitentes y planificar y ejecutar sus proyectos, y por tanto condiciona su trabajo y sustento económico.

    La acción fue formalizada con el patrocinio del asesor legal de la institución, quedando a la espera de la designación del juez que lo trate.

    Llegar a un amparo, es una lamentable consecuencia no deseada por la Institución, producto de la falta de dialogo y voluntad de consenso de las autoridades, y la inexistencia de otros caminos posibles para frenar una medida absolutamente arbitraria, sin una justificación técnica o basamento en dictámenes de organismos que revelen la necesidad urgente para emitir un decreto con semejante consecuencia.

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