
Ante las consultas reiteradas, el Consejo Superior del CAPBA detalló información complementaria sobre la póliza de Seguro de Responsabilidad Civil Profesional, al que acceden gratuitamente los matriculados que contaban con la matrícula anual paga al 30 de abril del corriente y no registraban deuda exigible con el CAPBA.
CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA PÓLIZA
La misma es brindada por la Compañía SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA LTDA, es de carácter colectivo y de tipo “claims made” o “reclamación hecha”, que cubre las denuncias presentadas contra el asegurado durante la vigencia de la póliza, sin importar cuándo haya ocurrido el incidente que dio lugar a la misma.
A diferencia de otros tipos de pólizas, donde lo importante es la fecha del siniestro, lo que define la cobertura es la fecha en que se notifica o se reclama formalmente el incidente a la compañía de seguros.
El período extendido de denuncias es de 3 años y la suma asegurada por matriculado es de $75.000.000, con una franquicia por evento de $1.500.000, válida para reclamos con jurisdicción en la provincia de Buenos Aires.
Atiende los casos de denuncias por hechos, actos u omisiones por imprudencia, impericia o negligencia no intencional en que los matriculados incurran en ejercicio u ocasión del ejercicio profesional de la Arquitectura, que puedan producir daños a terceros.
Podrá ser invocada exclusivamente en el caso que el profesional se encuentre legal y administrativamente habilitado para el ejercicio y se trate de circunstancias vinculadas a encomiendas visadas por el CAPBA en los términos del artículo 26 inciso 23 de la Ley 10.405.
RÚBRICA DE LA PÓLIZA
Por requerimiento de la Compañía, los matriculados beneficiarios de la misma, deberán confirmar su adhesión a la misma suscribiendo una DECLARACIÓN JURADA, enviándolo al CAPBA en dos modalidades posibles:
A) REMOTAMENTE A DISTANCIA (SI TIENE FIRMA DIGITAL)
Completando y descargando el archivo de adhesión desde la plataforma de autogestión CAPBA EN LINEA seleccionando la opción “tengo firma digital”, firmarlo y enviar el archivo a Mesa de Entradas Distrital a través del mail info@capbauno.org.ar con el asunto “solicitud adhesión a SRP”.
B) PRESENCIALMENTE EN SEDE DISTRITAL O DELEGACIONES
Completando el archivo de adhesión desde la plataforma de autogestión CAPBA EN LINEA, seleccionando la opción “validación presencial”, imprimiendo el archivo –Anexo II Res 43/25- y entregándolo firmado en Mesa de Entradas.
EL TRAMITE ES PERSONAL Y NO PODRÁ REALIZARSE POR MEDIO DE UN TERCERO.
CASOS EXCLUIDOS DE LA COBERTURA
Quedan excluidos de la misma entre otros casos:
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- Los reclamos provenientes de la actividad de profesionales en el rol de empresarios constructores y desarrolladores inmobiliarios -ejercicio de actividad comercial, no profesional-.
- Los reclamos para obras donde no esté iniciada la tramitación de los permisos de construcción exigidos administrativamente.
- Los reclamos por daños o perjuicios provocados cuando el evento dañoso se correspondiera temporalmente con un acto administrativo de suspensión de habilitación o paralización de obra por razones de seguridad emanadas de autoridad competente y pese a tal restricción, el profesional continuara con sus tareas en el proceso constructivo.
- Los reclamos por Daños y perjuicios provocados por actos, hechos u omisiones prohibidos por las Leyes, decretos, Códigos de Planeamiento Urbano y sus respectivas reglamentaciones, Ordenanzas y/o Decretos Municipales y Normas Éticas y demás Resoluciones dictadas por el CAPBA vigentes al momento de producirse el hecho que da origen al reclamo
- Los reclamos por problemas con Anteproyectos o proyectos definitivos, ejecución y dirección de obras, que puedan considerarse que agravan el riesgo contratado -estadios, ferias, torres especiales-, salvo que se haya denunciado la actividad y abonado la extraprima correspondiente.
- Los Litigios en relación con honorarios y gastos del asegurado, restimación errónea de costos y otros.
PARA FORMALIZAR DENUNCIAS
Es cargo del matriculado denunciar al asegurador por escrito, dentro del plazo de 10 (diez) días de conocido por cualquier circunstancia el hecho ocurrido que genere reclamo contra él amparado por la póliza.
Si el asegurado no hubiese conocido el hecho generador del reclamo, el plazo comenzara a contabilizarse desde el momento de la denuncia del tercero involucrado.
PARA COMUNICARSE CON LA ASEGURADORA, ENVIAR correo electrónico a: tomadedenuncias@segurosrivadavia.com